1. Objeto del procedimiento: Concesión Subvenciones “Desarrollo de actividades deportivas de entidades deportivas, 2024” del Ayuntamiento de Mislata.
2. Documentación que hay que aportar:
En caso de no marcar la casilla que autorice al Ayuntamiento de Mislata a obtener la acreditación de forma directa:
En caso de que no se hubieran presentado anteriormente:
(si ya se han presentado, marcar casilla de declaración responsable en la solicitud e indicar el año)
3. Tasas o precios públicos: 0.
4. Formas de pago: El pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario de la realización de las actividades o proyectos incluidos en la solicitud presentada, para los que se haya obtenido alguna puntuación en la baremación efectuada, de acuerdo con los criterios contenidos en la base reguladora sexta de la convocatoria. Una vez concedida la subvención las entidades beneficiarias deberán presentar justificación de los gastos en que hayan incurrido desde el 1 de noviembre de 2023 hasta 30 de septiembre de 2024. Revisada y aprobada la justificación se procederá a abonar la cuantía equivalente a la justificación presentada.
5. Normativa:
6. Resolución:La resolución de concesión de las subvenciones deberá dictarse en el plazo máximo de seis meses, plazo que se computará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
7. Silencio administrativo:Artículo 25.5 de la LGS: “El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención”.
8. Forma de presentación: En línea: Se deberá presentar en el trámite correspondiente en la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es, intermediando el uso de certificado digital.
Tanto la solicitud de subvención como el resto de documentación que se haya de presentar deberán estar firmados electrónicamente con el certificado digital propio de la entidad solicitante o el de la persona física que la represente.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.