1. Objeto del procedimiento.Es objeto de la presente convocatoria regular el proceso selectivo para la cobertura de DOS plazas de técnico/a en animación sociocultural, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, grupo C, subgrupo C1, mediante el sistema de concurso-oposición libre, incluida en la oferta de empleo público 2025 (BOP Valencia nº 84, de 06/05/2025).
2. Documentación a aportar.A la solicitud electrónica se acompañará:
3. Normativa.
4. Resolución.Finalizado el plazo de presentación de instancias, por Resolución de Alcaldía se aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, que se publicará en el BOP Valencia, en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Corporación y en la página web (www.mislata.es), concediéndose un plazo de 10 días para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, o realizar las alegaciones que tengan por conveniente, a tenor de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el art. 15 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell.
5. Forma de presentación.Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas se presentarán por medios electrónicos, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mislata, y de acuerdo con el modelo que consta en la misma y en la página web del mismo (www.mislata.es). Dicho modelo deberá presentarse cumplimentado y firmado, haciendo constar que la persona candidata reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases.El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día fuera sábado, domingo o festivo se prorrogará al primer día siguiente hábil.Las solicitudes y restante documentación para tomar parte en la presente convocatoria se presentarán por medios electrónicos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mislata.Las instancias podrán presentarse igualmente, en cualquiera de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.