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RHU.284 - Proceso selectivo plaza de Oficial Policía Local (Promoción interna)

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RHU.284 - Proceso selectivo plaza de Oficial Policía Local (Promoción interna)

1 Objeto del procedimiento
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de UNA plaza de oficial de Policía Local incluida en las Ofertas de Empleo Público 2021 (Resolución nº 2432, de 08/06/2022) publicada en el BOP València nº 142, de 26/07/2022. Dicha plaza pertenece al Grupo B, Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local y sus auxiliares, Escala Ejecutiva, de conformidad con el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y de acuerdo con lo que se dispone en la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.

2. Documentación a aportar

  • Solicitud donde debe constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y se indicarán, de entre los siguientes, al menos dos medios por los que desee recibir los avisos: telemáticamente, teléfono móvil, teléfono fijo, correo electrónico o mensaje de móvil-SMS.
  • Titulación exigida.
  • Justificante del abono de la tasa correspondiente (GRUPO B 40 €) y, en su caso, justificación del derecho de reducción conforme a la Ordenanza fiscal.

3. Normativa
La presente convocatoria se regirá, además de por lo previsto en las bases, por la siguiente normativa:

  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana.
  • Real Decreto Legislativo, 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
  • Ley 4/2021, de 16 de abril, de Generalitat, de Función Pública Valenciana.
  • Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana.
  • Decreto 179/2021, de 5 de noviembre, del Consell, de establecimiento de las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad en los cuerpos de la policía local de la Comunitat Valenciana.
  • Demás disposiciones normativas que resulten aplicables a la materia y/o aquellas que sustituyan o desarrollen las normas anteriormente citadas.

4 Resolución.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía, o persona en quien delegue, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Mislata, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión o para realizar las alegaciones que se consideren oportunas; por Resolución de Alcaldía se aprobará la lista de aspirantes admitidos y excluidos y se publicará en el tablón de anuncios electrónico del Consistorio y en la web del Ayuntamiento (www.mislata.es), en este último caso a efectos informativos, concediéndose un plazo de 10 días para subsanación de defectos.

5 Forma de presentación.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las instancias se dirigirán a la atención de la Alcaldía-Presidencia, en instancia-modelo que estará disponible como trámite en la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es y se deberá disponer de certificado digital.
El plazo para presentar solicitudes para participar en el proceso será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

6. Tasa
La tasa a abonar, de conformidad con la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicio de derechos de examen publicada en el BOP nº 34, de 16/02/2024 es: Grupo B, 40 €; prueba psicotécnica 80 €.
En el caso de la prueba psicotécnica, la obligación de pago se producirá cuando se haya de acceder a la misma, debiendo acreditar el abono de la autoliquidación correspondiente para continuar el proceso selectivo.
 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE MISLATA - P4617100E
Calle Mayor, 36. 46920 Mislata (Valencia).
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