1. Objeto del procedimientoLa presentación por el obligado tributario de cualquier declaración a la que esté obligado por las normas tributarias, bien con el carácter meramente informativo o como inicio del procedimiento de liquidación de tributos o precios públicos.En concreto, como declaración para, en su caso, que se realice liquidación del impuesto sobre el incremento del valor del terreno de naturaleza urbana (plusvalía) por la transmisión por compraventa o adquisición por donación.
2. Requisitos:
3. Documentación que hay que aportar
4. Normativa
5. ResoluciónPuede iniciar o no, un procedimiento que acaba con resolución.
6. Forma de presentación
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA: (Con certificado digital, Cl@ve PIN o cuenta de correo electrónico, en los dos últimos casos, deberá firmar en la Oficina de Atención a la Ciudadanía con posterioridad en un término máximo de 10 días naturales, sin necesidad de cita previa): Para la presentación de las solicitudes, y en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento la presentación de las solicitudes por medios electrónicos o no.
PRESENCIALMENTE: La persona interesada podrá presentar la solicitud acompañada de la documentación preceptiva, mediante CITA PREVIA en la Oficina de Atención a la Ciudadanía.También, podrán presentarse en cualquier registro u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.