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SOC.245 - Solicitud de espacios municipales de personas mayores

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SOC.245 - Solicitud de espacios municipales de personas mayores

1. Objeto del procedimiento
Solicitud de espacios municipales de personas mayores:

  • "Centro de actividades sénior”
  • “Espacio municipal sénior El Sur”
  • “Espacio municipal sénior El Quint”
  • “Espacio municipal sénior La Fábrica”

*Quedan exentas todas las solicitudes de cesión del local para los actos o actividades contempladas en los convenios de colaboración entre el Ayuntamiento y las asociaciones de personas mayores.

2. Documentación requerida

  • Instancia general correctamente cumplimentada dirigida a la Concejalía de Personas Mayores.
  • Póliza vigente de responsabilidad civil del acto para el que se solicita el espacio.
  • La instancia detallará:
    • Descripción del acto: fecha, horario y contenido del acto.
    • Espacio solicitado: centro y salas.
    • Equipamiento y recursos que se precisan: necesidades técnicas y de mobiliario.
    • Personal autorizado: nombre y apellidos, teléfono y e-mail.

3. Normativa

  • Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Reglamento de Administración Electrónica de la Comunidad Valenciana, de 12 de diciembre (Decreto 220/2014).
  • Normas de funcionamiento interno del centro de Servicios Sociales y Personas Mayores (Decreto 403/02).

4. Resolución
El Ayuntamiento de Mislata comunicará por escrito los términos de autorización del local a través del correo electrónico de la persona interesada.

5. Silencio administrativo
Según el artículo 24.1 de la ley de procedimiento administrativo. “El silencio tendrá efecto desestimatorio en los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición, a que se refiere el artículo 29 de la Constitución, aquellos cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfirieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, impliquen el ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente y en los procedimientos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas”.

6. Forma de presentación

 

  • Presencialmente: La persona interesada podrá presentar la solicitud acompañada de la documentación preceptiva, PREVIA CITA, en:
    • Registro Centro Municipal de Servicios Sociales “Maestro Palau” (C/ Maestro Palau, 15 bajo).
    • Registro General de Entrada del Ayuntamiento (Plaza Constitución, 8 bajo).
    • También, podrán presentarse en cualquier registro u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Tramitación electrónica: (Con certificado digital, Cl@ve PIN o cuenta de correo electrónico, en los dos últimos casos, deberá firmar en el Registro municipal con posterioridad en un término máximo a 10 días naturales): Para la presentación de las solicitudes, y en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento la presentación de las solicitudes por medios electrónicos o no. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo:
    • Las personas jurídicas.
    • Las entidades sin personalidad jurídica.
    • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria.
    • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/.

7. Plazo de presentación
Se podrán presentar solicitudes para la cesión del espacio durante todo el año.

El plazo máximo de presentación de la instancia es de diez días hábiles de antelación a la fecha de solicitud del espacio.  

En caso de cancelación se debe comunicar por escrito mediante instancia general con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación a la fecha de autorización del uso del espacio. 

8. Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser correctamente detallada y firmada.
  • Las personas interesadas serán personas jurídicas.
  • Se adjuntará el certificado de la póliza vigente.

9. Condiciones de cesión del local

  1. Se deberá consultar con el personal técnico de personas mayores del Centro Maestro Palau los medios materiales de los que se dispone en cada espacio, así como su disponibilidad.
  2. La organización autorizada deberá respetar el horario asignado, el buen uso de las instalaciones, las características y la dotación técnica de los espacios cedidos. En ningún caso se podrán sobrepasar las medidas contempladas para limitar el sonido o ruido.
  3. La persona que firma la solicitud recibirá instrucciones y/o material, si procede, y será la responsable de coordinar el montaje y adecuar el espacio durante el tiempo cedido, así como, garantizar el correcto desarrollo de la actividad y de supervisar el buen estado de las instalaciones una vez finalizado el acto.
  4. Al finalizar la actividad, la entidad deberá dejar el espacio recogido y en las mismas condiciones en que se le cedió (sobre todo, en lo que hace referencia a limpieza y recogida de desperdicios).
  5. El tomador del seguro será la persona responsable civil del acto.
  6. Queda prohibido el acceso a la sala con comida o bebida, excepto con autorización expresa.
  7. No está permitido colgar cartelería y/o publicidad en las paredes de la sala, excepto con autorización expresa.
  8. El mal uso de las instalaciones, el desorden en el mobiliario o el incumplimiento de las normas de uso del centro durante la celebración de los actos organizados por las entidades, será causa suficiente para denegar en el futuro nuevas autorizaciones a las personas responsables, sin perjuicio de exigirles las oportunas reparaciones.
  9. La entidad solicitante deberá contratar un seguro de responsabilidad civil del personal, técnicos/as, voluntarios/as y participantes que intervengan en el acto para el cual ha sido autorizado el uso de la sala.
  10. En el caso de que la actividad tenga lugar fuera del horario del centro solicitado, la persona responsable atenderá las indicaciones del servicio de conserjería para el buen uso de las instalaciones.
  11. La entidad organizadora se compromete a cumplir las normas de seguridad establecidas en el local (acceso, salidas de emergencia, ventilación, iluminación...) siendo responsable de las posibles consecuencias en caso de su incumplimiento.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE MISLATA - P4617100E
Calle Mayor, 36. 46920 Mislata (Valencia).
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