Espere, por favor...
Espere, por favor...
Seleccionar idioma
Sede Electrónica AJUNTAMENT DE MISLATA
Sede Electrónica
AJUNTAMENT DE MISLATA

SEC.236 - Comunicación anual de datos en el registro municipal de asociaciones

Escudo de AJUNTAMENT DE MISLATA
Sede Electrónica > SEC.236 - Comunicación anual de datos en el registro municipal de asociaciones

SEC.236 - Comunicación anual de datos en el registro municipal de asociaciones

1.  Objeto del procedimiento:
Comunicación anual preceptiva del presupuesto y del programa de actividades de las asociaciones inscritas en el registro municipal de asociaciones de Mislata en el mes de enero de cada año.

2. Requisitos:
Figurar inscritos en el Registro municipal de Asociaciones de Mislata.

3. Documentación a aportar:

  • Solicitud.
  • Presupuesto del año en curso.
  • Programa de actividades del año en curso.

4. Tasas o precio público:
No existe para este procedimiento.

5. Formas de pago:
No corresponde.

6. Normativa:

  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación.
  • Ley 14/2008, d 18 de noviembre de la Generalitat, de asociaciones de la Comunidad Valenciana.
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

7. Forma de presentación:
Electrónica
(Con certificado digital, Cl@ve PIN o cuenta de correo electrónico, en los dos últimos casos, deberá firmar en el Registro municipal con posterioridad en un término máximo de 10 días naturales): Para la presentación de las solicitudes, y en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento la presentación de las solicitudes por medios electrónicos o no. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: 

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/.

8. Requisito de la solicitud

  • La instancia deberá ser firmada.
  • Permite solicitantes que sean personas jurídicas, personas físicas y personas físicas representadas por otra persona física.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
AJUNTAMENT DE MISLATA - P4617100E
Calle Mayor, 36. 46920 Mislata (Valencia).
Precarga de imagen Precarga de imagen