1. El objeto del procedimiento:
La persona que realiza la comunicación, bajo su responsabilidad, podrá ocupar la vía pública con la instalación de un contenedor de escombros, de acuerdo a lo previsto en la ordenanza municipal de Movilidad Urbana. La superficie máxima a ocupar con contenedor por este trámite será de 10 m2.
2. Requisitos:
3. Documentación que hay que aportar:
4. Tasas o precios públicos:
Tasa por ocupación de suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública.
5. Formas de pago:
El pago se realizará mediante autoliquidación en línea, en el siguiente enlace. [Acceso a Oficina Virtual Tributaria] En este mismo enlace se podrá realizar el pago mediante tarjeta bancaria.En caso de realizar el pago en efectivo:
Las personas físicas podrán solicitar autoliquidaciones asistidas generadas por esta administración, para lo cual deberán pedir cita en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC), y personarse en ella para que se generen las mismas.
6. Normativa:
7. Forma de presentación:
ElectrónicaEn cumplimiento del que se prevé en el artículo 12 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consejo, por el cual se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunidad Valenciana, las solicitudes se tendrán que presentar por vía telemática, mediante la firma electrónica propia de la entidad solicitante o de la persona que la represento. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata.
PresencialEl/la ciudadano/a podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pidiendo siempre cita previa.
8. Observaciones:
La Ordenanza Municipal de Movilidad Urbana establece en su artículo 20 punto 4 que, los gastos generados por la retirada de los vehículos que hubieran estacionado con anterioridad a la ubicación de la señalización de la ocupación de la vía pública (señalización realizada según las condiciones de la citada ordenanza), correrán por cuenta de la persona peticionaria de la misma.La persona que realiza la petición de ésta comunicación previa para ocupación de vía pública se somete, para ello, a las condiciones que se recogen a continuación, el cumplimento de las cuales asume y se responsabiliza de su mantenimiento hasta la retirada, en plazo, del contenedor.