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ADL.225 - Selección de alumnado del taller de empleo para mujeres

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ADL.225 - Selección de alumnado del taller de empleo para mujeres

Desde el día 13/12/2023 hasta el día 14/12/2023

1. Objeto del procedimiento:
El objeto de la presente convocatoria, selección de alumnado de Taller de empleo de mujeres 2023 en régimen de concurrencia competitiva, es mejorar la empleabilidad y la inclusión social de personas en riesgo de exclusión social e insertar o reinsertar en el mercado laboral a personas de colectivos vulnerables.

2. Requisitos

  • 1) Pertenecer a cualquiera de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea y del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con conocimientos suficientes de la lengua castellana. En caso de ser persona extranjera no perteneciente a ninguno de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea, se deberán tener conocimientos de la lengua castellana y permiso de trabajo para la ocupación correspondiente con una duración mínima igual o superior a la del proyecto.
  • 2) Cumplir los requisitos exigidos a las personas destinatarias por la Orden 6/2020, modificada por Orden 7/2021, y por las Resoluciones de 28 de diciembre de 2022, de la Dirección General de LABORA-Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueban las convocatorias de los programas mixto de empleo-formación Talleres de Empleo y Talleres de Empleo para mujeres, con cargo al ejercicio presupuestario 2023:
    • a) Tener 18 años o más.
    • b) Estar inscritas en LABORA como demandante de empleo bien siendo personas desempleadas no ocupadas o personas ocupadas registradas en mejora de empleo. 
    • c) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación, regulado en el art. 11.2del R.D. Legislativo 2/2015 del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el R.D. Ley 32/2021 de la Reforma laboral, así como en el párrafo 2º de la Disposición Adicional 9ª del Texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre. 
    • d) En su caso, acreditar la formación específica previa que exija la especialidad a la que se opta. Al tratarse de formación certificable el alumnado deberá cumplir los requisitos y criterios de acceso establecidos en los artículos 75 y 76 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre que desarrolla el Real Decreto 34/2008 de 18 de enero, en lo que no se oponga al anterior, y en el Real Decreto por el que se establece el correspondiente certificado de profesionalidad.  
  • 3) Presentar declaración responsable de no haber abandonado un programa mixto de empleo-formación, antes de la finalización del mismo, para iniciar otro programa mixto de empleo-formación en el mismo ejercicio, con referencia a programas financiados con cargo a los presupuestos de los años 2020, 2021 y 2022. Las personas candidatas que no cumplan esta condición no podrán participar en el proceso de selección. 

 Las condiciones relacionadas deberán mantenerse en la fecha de la incorporación al proyecto.

3. Documentación que hay que aportar:
Obligatoria:

  • Titulación académica.
  • Declaración responsable de no haber abandonado un programa mixto de empleo-formación, antes de la finalización del mismo.
  • Declaración responsable de participación en programas mixtos.

Documentación (si procede):

  • Informe de situación o riesgo de exclusión social de Servicios Sociales.
  • Titularidad como beneficiaria de Renta valenciana de Inclusión.
  • Resolución del Registro Civil por la que se resuelve la petición de cambio de nombre y sexo registrales, o de la documentación administrativa expedida por la Generalitat Valenciana acorde con la identidad de género manifestada.
  • Resolución judicial o acreditación del órgano competente sobre víctima de violencia de género/doméstica

Sólo si se opone a la consulta de datos, deberá presentar la siguiente documentación, además de la indicada anteriormente:

  • Informe de la vida laboral de la Seguridad Social.
  • Familias monoparental: carnet individual o título vigente de dicha circunstancia, expedido por el órgano competente de la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas.
  • Certificado de discapacidad igual o superior al 33 %.

4. Forma y plazo de presentación: 
Las solicitudes se presentarán por vía telemática, mediante la firma electrónica del solicitante o de la persona que la represente. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://www.mislata.es/administracio/oficina-virtual, en el trámite habilitado a tal efecto. 
En el supuesto de que la presentación de la solicitud y documentos, fuera de forma presencial, deberá ser con cita previa, en el Registro de las oficinas del ADL de este Ayuntamiento, sitas en C/ Antonio Aparisi núms. 4-6 de Mislata.
El plazo de presentación de solicitudes será del 14/11/2023 al 20/11/2023, ambos inclusive. La presentación de la solicitud fuera del plazo establecido o la no utilización del procedimiento normalizado de uso obligatorio, serán causas de no admisión. 

5. Normativa:

  • Ley General de subvenciones, ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • RD 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la LGS.
  • Plan estratégico de subvenciones Ayuntamiento de Mislata.
  • BEP Ayuntamiento de Mislata.
  • Instrucción del Director General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación para la selección del alumnado/trabajador participante en proyectos de TALLERES DE EMPLEO y TALLERES DE EMPLEO PARA MUJERES.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE MISLATA - P4617100E
Calle Mayor, 36. 46920 Mislata (Valencia).
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