1 Objeto del procedimiento.
Es objeto de las presentes bases establecer las normas del proceso de selección para la provisión temporal por mejora de empleo de los puestos de trabajo de TÉCNICO/A AUXILIAR DE BIBLIOTECA, encuadrados en la escala de Administración General, subescala Administrativa, subgrupo C1, complemento de destino (Factor competencial)18, complemento específico (Factor de desempeño) 0’84, en los supuestos de vacantes, sustitución y contingencias que afecten al personal con reserva de puesto de trabajo y otras necesidades de carácter temporal por causas legalmente establecidas.
2 Documentación a aportar.
3 Normativa.
El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en las presentes bases y en lo no previsto en las mismas, a las bases generales para la constitución de Bolsas de trabajo para la provisión temporal de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Mislata por el sistema de mejora de empleo aprobadas por Decreto 1792/2011 de 10 de junio del 2011 así como a lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante, TREBEP), Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana (en adelante, LFPV) y Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, en todo aquello que resulte de aplicación.
4 Resolución.
La Alcaldía-Presidencia procederá a dictar Resolución aprobando la relación de aspirantes que conforman la bolsa mejora de empleo de los puestos de trabajo de TÉCNICO/A AUXILIAR DE BIBLIOTECA.
5 Forma de presentación.
Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento y se presentarán por vía telemática, mediante la firma electrónica del solicitante que estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, en el trámite habilitado a tal efecto.
También podrán presentarse en la forma prevista en el art. 166 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de convocatoria en el Tablón de Edictos y en la página web del Ayuntamiento.