1 Objeto del procedimiento.
Bases que han de regir la convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo temporal de auxiliar de contenidos de Medios de Comunicación como funcionarios/as interinos/as del Ayuntamiento de Mislata, grupo C1, conforme al art. 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) y artículo 18 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.
2 Documentación a aportar.
3 Normativa.
Así como por el resto de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
4 Resolución.
La Alcaldía-Presidencia procederá a dictar Resolución aprobando la relación de aspirantes que conforman la bolsa de trabajo de auxiliar de contenidos de medios de comunicación.
5 Forma de presentación.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se podrá presentar en el trámite correspondiente de la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es y se deberá disponer de certificado digital. En caso contrario, deberá acudirse a la representación a través de persona que sí disponga de ella, acreditando dicha representación cumplimentado el correspondiente modelo.
El plazo para presentar solicitudes para participar en el proceso será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.