1. El objeto del procedimiento:
Justificación de las ayudas de adquisición de material escolar no curricular, para el alumnado empadronado en Mislata que curse Educación Secundaria Obligatoria (ESO), en centros docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso 2023/2024.
2. Documentación que hay que aportar:
Cuenta justificativa (Anexo I).
3. Tasas o precios públicos: 0€.
4. Formas de pago:
El pago a los comercios adheridos por la adquisición del material escolar no curricular se realizará a través de tarjetas bancarias de los/as beneficiarios/as de las ayudas.
5. Normativa:
6. Resolución:
Por resolución de Alcaldía o, en su caso, del órgano delegado, se determinarán los establecimientos que formarán parte del presente programas de ayudas.
7. Silencio administrativo:
Artículo 25.5 de la LGS “El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención”.
8. Forma y plazo de presentación:
En línea: Se presentarán preferentemente en el trámite correspondiente en la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es/ mediante la firma electrónica del solicitante o de la persona que la
Toda la documentación que se presente habrá de estar firmada electrónicamente con el certificado digital del solicitante o de la persona que lo represente.
El plazo de presentación de la justificación será hasta el 31 de enero de 2024 (inclusive).