Espere, por favor...
Espere, por favor...
Seleccionar idioma
Sede Electrónica AJUNTAMENT DE MISLATA
Sede Electrónica
AJUNTAMENT DE MISLATA

URB.080 - Solicitud de informe urbanístico

Escudo de AJUNTAMENT DE MISLATA
Sede Electrónica > URB.080 - Solicitud de informe urbanístico

URB.080 - Solicitud de informe urbanístico

1. El objeto del procedimiento

Documentación que informa sobre las determinaciones de naturaleza urbanística, tales como clasificación y calificación del suelo, usos e intensidades permitidas, ordenanza y otras, que afectan a un determinado inmueble.

2. Tasas o precios públicos

3. Formas de pago

El pago se realizará mediante autoliquidación en línea, en el siguiente enlace [Tasa por expedición de documentos administrativos]

En este mismo enlace se podrá realizar el pago mediante tarjeta bancaria.

En caso de querer realizar el pago en efectivo:

  • Oficinas de las entidades Bancarias siguientes: Caixa popular Coop. Cdto. Val., BBVA, Banco de Santander, Eurocajarural, Ibercaja, Cajamar, Kutxa Bank, Banco Sabadell, Caixabank y Bankia.
  • Máquina automática sita en la Casa de la Vila de este municipio.

Las personas físicas podrán solicitar autoliquidaciones asistidas generadas por esta administración, para lo cual deberán pedir cita en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC), y personarse en ella para que se generen las mismas.

4. Documentación que hay que aportar

  • Copia de la autoliquidación realizada y acreditación de su pago (punto anterior)
  • En su caso, documento que acredite la representación. 
  • Plano de emplazamiento a escala 1:1000, referenciado al PGOU de Mislata, en el que se indica el ancho de la fachada y la profundidad de la parcela.
  • Certificación catastral descriptiva y gráfica de la Dirección General del Catastro.

5. Normativa

  • Normas Urbanísticas del PGOU.
  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.
  • Plan General de Ordenación Urbana de Mislata.
  • Normas e instrumentos urbanísticos de aplicación.

6. Resolución

  • Órgano que resuelve: Alcaldía
  • Plazo para resolver: tres meses

7. Forma de presentación

Electrónica

En cumplimiento del que se prevé en el artículo 12 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consejo, por el cual se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunidad Valenciana, las solicitudes se tendrán que presentar por vía telemática, mediante la firma electrónica propia de la entidad solicitante o de la persona que la represento. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata.

Presencial

El/la ciudadano/a podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pidiendo siempre cita previa

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE MISLATA - P4617100E
Calle Mayor, 36. 46920 Mislata (Valencia).
Precarga de imagen Precarga de imagen