Solicitud de autorización de ocupación de vía pública realizados por expertos en las vías públicas de la población.
Todos los actos deberán ceñirse al protocolo sanitario para la prevención de la Covid-19 que esté vigente en la fecha de realización de los mismos (https://coronavirus.san.gva.es/es/protocolos).
- Persona física o jurídica, pública o privada, que organice el espectáculo, en suelo público o privado, que asume ante la Administración y el público la responsabilidad de la celebración del espectáculo.
Para solicitar la autorización de uso de la vía pública por espectáculos con artificios pirotécnicos realizados por expertos, con artificios pirotécnicos cuyo NEC (peso neto en materia explosiva) sea igual o superior a 10 kilogramos. Este tipo de espectáculos sólo podrán efectuarse previa tramitación ante la Delegación del Gobierno.
Tendrá efecto desestimatorio por ser facultades relativas al dominio público. Artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En línea: Se deberá presentar en el trámite correspondiente en la sede electrónica municipal https://mislata.sedipualba.es intermediando el uso de certificado digital.