1. Objeto del procedimiento
Instancia por las que se solicita la iniciación de un expediente para la concesión de un vado en vía pública.
2. Documentación que hay que aportar
Los tres planos deben estar firmados por técnico competente.
FAMILIARES Y COMERCIALES:
3. Tasas o precios públicos
En caso de resolución favorable (se le expedirá el correspondiente documento que justifique la concesión de la autorización solicitada, previo el pago de los derechos que gravan la concesión de los mismos, sin cuyo requisito se considerará nula y sin efecto la autorización concedida por la Alcaldía).
De esta manera, no sería necesario aportar la tasa (Copia de la autoliquidación realizada y acreditación de su pago) previamente, sino una vez se requiera después de haber sido autorizado el vado.
4. Normativa
5. Resolución
6. Silencio administrativo
Negativo. Se considera desestimado si pasa el plazo anterior sin que se haya notificado la resolución a la persona solicitante.
7. Forma de presentación
Electrónica
En cumplimiento del que se prevé en el artículo 12 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consejo, por el cual se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunidad Valenciana, las solicitudes se tendrán que presentar por vía telemática, mediante la firma electrónica propia de la entidad solicitante o de la persona que la represento. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata.
Presencial
El/la ciudadano/a podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pidiendo siempre cita previa.